Convocatoria de subvenciones a la Red Aragonesa de Escuelas Promotoras de Salud (RAEPS)

Hoy día 16 de mayo ha salido publicada en el BOA la convocatoria de subvenciones a la Red Aragonesa de Escuelas Promotoras de Salud del año 2024.

Podrán participar en esta convocatoria los centros integrados en la RAEPS sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de educación infantil y primaria, educación secundaria, educación especial y educación de personas adultas, siempre que estén acreditados como Escuelas Promotoras de Salud.

La subvención económica solo podrá destinarse a sufragar los gastos corrientes de funcionamiento de material no inventariable o fungible, derivados de la realización de las actuaciones: bibliografía y recursos educativos, elaboración y maquetación de materiales, actividades educativas y de promoción de la salud con el alumnado, con las familias y el entorno escolar, formación del profesorado y las familias, desplazamientos. La ayuda económica no podrá destinarse a gastos de personal ni a la adquisición de material inventariable, ni subvencionar actuaciones educativas realizadas directamente al alumnado por personas y entidades externas al centro. La subvención no podrá destinarse a gastos que no correspondan con las actuaciones de promoción de la salud aprobadas en la presente convocatoria.

La cantidad máxima por centro educativo será de 1.500€, por lo que se recomienda ajustar el presupuesto de manera realista y explicitar claramente en qué se va a gastar.

Para realizar la solicitud, es necesario disponer de certificado electrónico o clave permanente.

La documentación a presentar por bandeja electrónica es la siguiente:

  • Solicitud (Anexo I ). Deberá estar firmada electrónicamente con el correspondiente certificado electrónico o clave permanente.  El plazo finaliza el 6 de junio
  • La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación de nuevo, dentro del plazo establecido (06/06/2024).

Documentación complementaria:
  • Recordamos que el Anexo V. Informe de progreso es un criterio de valoración que se requiere cumplimentar si se solicita la subvención. 


Toda la información y los modelos están disponibles en el catálogo de procedimientos.  


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